Castilla-La Mancha: rebaja del ITP (primera vivienda habitual de hasta 240.000 €)
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 6 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 12.000,00 €: 6.000,00 € menos.
En Castilla-La Mancha, una vivienda de segunda mano paga un 9 % de impuesto de transmisiones. Los jóvenes tienen una rebaja con requisitos que no dependen solo de la edad: te la explicamos abajo.
Impuestos de Castilla-La Mancha. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Con una entrada del 20 % del precio, como vivienda habitual y sin rebajas por edad, familia o renta. La notaría y el registro siguen sus aranceles oficiales; la tasación, los folios y la nota simple son estimaciones.
Vivienda de 150.000 €
44.641 €
al firmar
Vivienda de 250.000 €
73.733 €
al firmar
Vivienda de 400.000 €
117.371 €
al firmar
Vivienda de 150.000 €
48.391 €
al firmar
Vivienda de 250.000 €
79.983 €
al firmar
Vivienda de 400.000 €
127.371 €
al firmar
Impuestos de Castilla-La Mancha. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Notaría y registro: aranceles oficiales con IVA, más folios, copias y nota simple estimados. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
En Castilla-La Mancha es del 9 %.
Ley 8/2013, art. 19.1: 9 %. Confirmado el 30/09/2026 (docs/11, 5).
Requisito común: financiar más del 50 % con préstamo hipotecario.
Pagas: 6 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 12.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 19.2, con la redacción de la Ley 1/2026 (en vigor desde el 31/03/2026): primera vivienda habitual hasta 240.000 €. Confirmado el 30/09/2026 con dos lecturas que coinciden: el DOCM (copia del BOE) y el aviso del Portal Tributario de la Junta (docs/11, 5). Requisitos de tasación y valor de referencia, y art. 22.2 (todos los compradores), añadidos ese día.
ITP de Castilla-La Mancha. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Pagas: 3 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 6.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 19.2, con la redacción de la Ley 1/2026 (en vigor desde el 31/03/2026): primera vivienda habitual hasta 240.000 €. Confirmado el 30/09/2026 con dos lecturas que coinciden: el DOCM (copia del BOE) y el aviso del Portal Tributario de la Junta (docs/11, 5). Requisitos de tasación y valor de referencia, y art. 22.2 (todos los compradores), añadidos ese día.
Pagas: 0,25 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 500,00 € en vez de 3.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 21.2, con la redacción de la Ley 1/2026 (en vigor desde el 31/03/2026): primera vivienda habitual hasta 240.000 €. Confirmado el 30/09/2026 con dos lecturas que coinciden: el DOCM (copia del BOE) y el aviso del Portal Tributario de la Junta (docs/11, 5). Requisitos de tasación y valor de referencia, y art. 22.2 (todos los compradores), añadidos ese día.
Pagas: 5 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 10.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 19.2, con la redacción de la Ley 1/2026 (en vigor desde el 31/03/2026): primera vivienda habitual hasta 240.000 €. Confirmado el 30/09/2026 con dos lecturas que coinciden: el DOCM (copia del BOE) y el aviso del Portal Tributario de la Junta (docs/11, 5). Requisitos de tasación y valor de referencia, y art. 22.2 (todos los compradores), añadidos ese día.
Pagas: 5 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 10.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 19.2, con la redacción de la Ley 1/2026 (en vigor desde el 31/03/2026): primera vivienda habitual hasta 240.000 €. Confirmado el 30/09/2026 con dos lecturas que coinciden: el DOCM (copia del BOE) y el aviso del Portal Tributario de la Junta (docs/11, 5). Requisitos de tasación y valor de referencia, y art. 22.2 (todos los compradores), añadidos ese día.
Pagas: 5 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 10.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 19.2, último párrafo: 5 % en zona en riesgo de despoblación, 4 % en la intensa y 3 % en la extrema. Se aplica el 5 %, el más prudente: la regla no distingue el nivel (docs/11, 5).
Pagas: 0,5 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 1.000,00 € en vez de 3.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 21.2, con la redacción de la Ley 1/2026 (en vigor desde el 31/03/2026): primera vivienda habitual hasta 240.000 €. Confirmado el 30/09/2026 con dos lecturas que coinciden: el DOCM (copia del BOE) y el aviso del Portal Tributario de la Junta (docs/11, 5). Requisitos de tasación y valor de referencia, y art. 22.2 (todos los compradores), añadidos ese día.
Pagas: 0,5 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 1.000,00 € en vez de 3.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 21.2, último párrafo: 0,50 % en zona en riesgo de despoblación, 0,25 % en la intensa y 0,15 % en la extrema. Se aplica el 0,50 %, el más prudente.
Si encajas en varias rebajas, la calculadora aplica la más favorable, sin sumarlas: así nunca te enseña de menos.
Si compras una vivienda nueva al promotor no pagas ITP, sino el IVA, del 10 %.
En Castilla-La Mancha, el AJD es del 1,5 %.
Ley 8/2013, art. 21.1: 1,5 %. Confirmado el 30/09/2026 (docs/11, 5).
Pagas: 0,75 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 1.500,00 € en vez de 3.000,00 €.
Ley 8/2013, art. 21.2, con la redacción de la Ley 1/2026 (en vigor desde el 31/03/2026): primera vivienda habitual hasta 240.000 €. Confirmado el 30/09/2026 con dos lecturas que coinciden: el DOCM (copia del BOE) y el aviso del Portal Tributario de la Junta (docs/11, 5). Requisitos de tasación y valor de referencia, y art. 22.2 (todos los compradores), añadidos ese día.
Impuestos de la vivienda nueva de Castilla-La Mancha. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
La notaría y el Registro de la Propiedad cobran por un arancel oficial, igual en toda España, que sube poco con el precio. Con hipoteca, la notaría y el registro del préstamo los paga el banco; tú pagas los de la compraventa.
| Precio | Notaría | Registro | Tasación estimación |
|---|---|---|---|
| 150.000 € | 533,13 € | 207,58 € | 400,00 € |
| 250.000 € | 590,75 € | 242,20 € | 400,00 € |
| 400.000 € | 676,97 € | 293,93 € | 400,00 € |
La gestoría es opcional. Si pides hipoteca y el banco la exige, la paga el banco; si compras sin hipoteca y la contratas tú, cuenta con unos 350 € estimación.
Notaría y registro: aranceles oficiales con IVA, más folios, copias y nota simple estimados. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: DOCM · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 6 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 12.000,00 €: 6.000,00 € menos.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 3 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 6.000,00 €: 12.000,00 € menos.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 5 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 10.000,00 €: 8.000,00 € menos.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 5 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 10.000,00 €: 8.000,00 € menos.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 5 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 10.000,00 €: 8.000,00 € menos.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 0,75 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 3.000,00 € a 1.500,00 €: 1.500,00 € menos.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 0,5 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 3.000,00 € a 1.000,00 €: 2.000,00 € menos.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 0,25 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 3.000,00 € a 500,00 €: 2.500,00 € menos.
Desde el 31 de marzo de 2026, con esta rebaja pagas un 0,5 %.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 3.000,00 € a 1.000,00 €: 2.000,00 € menos.
Datos de Castilla-La Mancha revisados el 30 de septiembre de 2026. Cómo calculamos.