Cantabria: rebaja del ITP (vivienda habitual: 7 % hasta 300.000 €)
Desde el 28 de abril de 2026, con esta rebaja pagas un 7 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 14.000,00 €: 4.000,00 € menos.
En Cantabria, una vivienda de segunda mano paga un 9 % de impuesto de transmisiones. Si tienes 39 años o menos y será tu vivienda habitual, baja al 4 % por los primeros 300.000 € del precio.
Impuestos de Cantabria. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Con una entrada del 20 % del precio, como vivienda habitual y sin rebajas por edad, familia o renta. La notaría y el registro siguen sus aranceles oficiales; la tasación, los folios y la nota simple son estimaciones.
Vivienda de 150.000 €
41.641 €
al firmar
Vivienda de 250.000 €
68.733 €
al firmar
Vivienda de 400.000 €
111.371 €
al firmar
Vivienda de 150.000 €
47.641 €
al firmar
Vivienda de 250.000 €
78.733 €
al firmar
Vivienda de 400.000 €
125.371 €
al firmar
Impuestos de Cantabria. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Notaría y registro: aranceles oficiales con IVA, más folios, copias y nota simple estimados. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
En Cantabria es del 9 %.
DLeg 62/2008, art. 9.1.A.
Pagas: 7 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 14.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Ley 4/2026, de 28 de abril: el tramo al 7 % sube de 200.000 a 300.000 € con cálculo progresivo.
Art. 9.2.
ITP de Cantabria. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Pagas: 4 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 8.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Art. 9.7: el tipo reducido solo llega a 300.000 € y el exceso tributa al 9 %. Corregido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 3): antes la rebaja no se aplicaba a viviendas de más de 300.000 €.
Hay que pedir el tipo reducido en la escritura (o rectificarla en los 3 meses siguientes al plazo de presentación), art. 9.9.
Art. 9.3: menores de 40 años, en proporción a la parte de cada comprador.
Pagas: 0,1 %.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 200,00 € en vez de 3.000,00 €.
Art. 13.4.
Pagas: 4 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 8.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Art. 9.7: el tipo reducido solo llega a 300.000 € y el exceso tributa al 9 %. Corregido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 3): antes la rebaja no se aplicaba a viviendas de más de 300.000 €.
Hay que pedir el tipo reducido en la escritura (o rectificarla en los 3 meses siguientes al plazo de presentación), art. 9.9.
Art. 9.3: familia numerosa (titular o cónyuge) o monoparental.
Pagas: 4 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 8.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Art. 9.7: el tipo reducido solo llega a 300.000 € y el exceso tributa al 9 %. Corregido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 3): antes la rebaja no se aplicaba a viviendas de más de 300.000 €.
Hay que pedir el tipo reducido en la escritura (o rectificarla en los 3 meses siguientes al plazo de presentación), art. 9.9.
Pagas: 3 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 6.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Art. 9.7: el tipo reducido solo llega a 300.000 € y el exceso tributa al 9 %. Corregido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 3): antes la rebaja no se aplicaba a viviendas de más de 300.000 €.
Hay que pedir el tipo reducido en la escritura (o rectificarla en los 3 meses siguientes al plazo de presentación), art. 9.9.
Pagas: 4 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
En una vivienda de 200.000 €, pagas 8.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Art. 9.7: el tipo reducido solo llega a 300.000 € y el exceso tributa al 9 %. Corregido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 3): antes la rebaja no se aplicaba a viviendas de más de 300.000 €.
Hay que pedir el tipo reducido en la escritura (o rectificarla en los 3 meses siguientes al plazo de presentación), art. 9.9.
Art. 9.3: vivienda protegida no exenta.
Pagas: 4 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 8.000,00 € en vez de 18.000,00 €.
Art. 9.3 y 9.7.
Hay que pedir el tipo reducido en la escritura (o rectificarla en los 3 meses siguientes al plazo de presentación), art. 9.9.
Pagas: 0,1 %.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 200,00 € en vez de 3.000,00 €.
Art. 13.4.
Pagas: 0,1 %.
Requisitos:
Y además, aplica si:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 200,00 € en vez de 3.000,00 €.
Art. 13.4.
Pagas: 0,1 %.
En una vivienda de 200.000 €, pagas 200,00 € en vez de 3.000,00 €.
Art. 13.5.
Pagas: 0,05 %.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 100,00 € en vez de 3.000,00 €.
Art. 13.6.
Si encajas en varias rebajas, la calculadora aplica la más favorable, sin sumarlas: así nunca te enseña de menos.
Si compras una vivienda nueva al promotor no pagas ITP, sino el IVA, del 10 %.
En Cantabria, el AJD es del 1,5 %.
DLeg 62/2008, art. 13.3.
Pagas: 1 %.
Requisitos:
En una vivienda de 200.000 €, pagas 2.000,00 € en vez de 3.000,00 €.
Art. 13.3. Añadido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 11): antes se aplicaba el 1,5 % general.
Impuestos de la vivienda nueva de Cantabria. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
La notaría y el Registro de la Propiedad cobran por un arancel oficial, igual en toda España, que sube poco con el precio. Con hipoteca, la notaría y el registro del préstamo los paga el banco; tú pagas los de la compraventa.
| Precio | Notaría | Registro | Tasación estimación |
|---|---|---|---|
| 150.000 € | 533,13 € | 207,58 € | 400,00 € |
| 250.000 € | 590,75 € | 242,20 € | 400,00 € |
| 400.000 € | 676,97 € | 293,93 € | 400,00 € |
La gestoría es opcional. Si pides hipoteca y el banco la exige, la paga el banco; si compras sin hipoteca y la contratas tú, cuenta con unos 350 € estimación.
Notaría y registro: aranceles oficiales con IVA, más folios, copias y nota simple estimados. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.
Desde el 28 de abril de 2026, con esta rebaja pagas un 7 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 14.000,00 €: 4.000,00 € menos.
Desde el 28 de abril de 2026, con esta rebaja pagas un 4 % hasta 300.000 € y 9 % por encima.
En una vivienda de 200.000 €, pasas de pagar 18.000,00 € a 8.000,00 €: 10.000,00 € menos.
Datos de Cantabria revisados el 30 de septiembre de 2026. Cómo calculamos.