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Gastos de comprar vivienda en Canarias en 2026

En Canarias, una vivienda de segunda mano paga un 6,5 % de impuesto de transmisiones. Los jóvenes tienen una rebaja con requisitos que no dependen solo de la edad: te la explicamos abajo.

Los impuestos de Canarias, de un vistazo

Segunda mano (ITP)6,5 %
Vivienda habitual de hasta 200.000 €5 %
Hasta 40 años5 % con bonificación del 20 %
Familia numerosa1 %
Vivienda nueva: IGIC7 %
Vivienda nueva: AJD1 %

Impuestos de Canarias. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

Gastos totales: tres ejemplos con los números hechos

Con una entrada del 20 % del precio, como vivienda habitual y sin rebajas por edad, familia o renta. La notaría y el registro siguen sus aranceles oficiales; la tasación, los folios y la nota simple son estimaciones.

Segunda mano

Vivienda de 150.000 €

40.823 €

al firmar

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Entrada30.000,00 €
Impuesto de transmisiones (6,5 %)9.750,00 €
Notaríaestimación488,80 €
Registro de la propiedadestimación183,57 €
Tasaciónestimación400,00 €
Total40.823 €

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Vivienda de 250.000 €

67.404 €

al firmar

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Entrada50.000,00 €
Impuesto de transmisiones (6,5 %)16.250,00 €
Notaríaestimación539,76 €
Registro de la propiedadestimación214,18 €
Tasaciónestimación400,00 €
Total67.404 €

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Vivienda de 400.000 €

107.276 €

al firmar

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Entrada80.000,00 €
Impuesto de transmisiones (6,5 %)26.000,00 €
Notaríaestimación616,00 €
Registro de la propiedadestimación259,92 €
Tasaciónestimación400,00 €
Total107.276 €

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Obra nueva

Vivienda de 150.000 €

42.173 €

al firmar

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Entrada30.000,00 €
IGIC (7 %)10.500,00 €
Actos jurídicos documentados, AJD (0,4 %)600,00 €
Notaríaestimación488,80 €
Registro de la propiedadestimación183,57 €
Tasaciónestimación400,00 €
Total42.173 €

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Vivienda de 250.000 €

69.654 €

al firmar

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Entrada50.000,00 €
IGIC (7 %)17.500,00 €
Actos jurídicos documentados, AJD (0,4 %)1.000,00 €
Notaríaestimación539,76 €
Registro de la propiedadestimación214,18 €
Tasaciónestimación400,00 €
Total69.654 €

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Vivienda de 400.000 €

110.876 €

al firmar

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Entrada80.000,00 €
IGIC (7 %)28.000,00 €
Actos jurídicos documentados, AJD (0,4 %)1.600,00 €
Notaríaestimación616,00 €
Registro de la propiedadestimación259,92 €
Tasaciónestimación400,00 €
Total110.876 €

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Impuestos de Canarias. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

Notaría y registro: aranceles oficiales con IGIC, más folios, copias y nota simple estimados. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

El impuesto de transmisiones en Canarias

El
ITP
Impuesto de transmisiones patrimoniales: el que cobra tu comunidad cuando compras una casa que ya ha tenido dueño.
lo pagas al comprar una vivienda de segunda mano.

En Canarias es del 6,5 %.

DLeg 1/2009, art. 31.1.a.

Rebaja por comprar tu vivienda habitual

Vivienda habitual de hasta 200.000 €

Pagas: 5 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual
  • Que el precio no pase de 200.000 €

Y además, aplica si:

  • Todos los compradores son personas físicas
  • No ser propietario, nudo propietario ni usufructuario de otra vivienda (o venderla en 2 años)

En una vivienda de 200.000 €, pagas 10.000,00 € en vez de 13.000,00 €.

Art. 31.1.a: el límite incluye los garajes y anexos del mismo edificio (si hay varios, la suma); sin límite de renta; en proporción si solo cumple uno de los compradores. Corregido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 4): antes 150.000 € y un límite de renta que la norma no tiene.

ITP de Canarias. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

Rebajas para jóvenes en Canarias

Hasta 40 años: 5 % con bonificación del 20 % (ITP)

Pagas: 5 %, con una bonificación del 20 %.

Requisitos:

  • Tener 40 años o menos
  • Que vaya a ser tu vivienda habitual
  • Que sea tu primera vivienda
  • Que el precio no pase de 200.000 €

Y además, aplica si:

  • Rentas de hasta 46.455 € + 6.825 € por persona del mínimo familiar
  • No haber sido titular de ningún inmueble

En una vivienda de 200.000 €, pagas 8.000,00 € en vez de 13.000,00 €.

Art. 35: bonificación del 20 % de la cuota al 5 %, que exige vivienda habitual de hasta 200.000 € (art. 31.1.a). Corregido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 5): antes menores de 35 años y hasta 150.000 €.

Jóvenes de hasta 40 años (IGIC)

Pagas: 3 %.

Requisitos:

  • Tener 40 años o menos
  • Que vaya a ser tu vivienda habitual
  • Que el precio no pase de 200.000 €

Y además, aplica si:

  • Renta de la unidad familiar de hasta 46.455 € (ampliación de 15.315 € en tributación conjunta)

En una vivienda de 200.000 €, pagas 6.000,00 € en vez de 14.000,00 €.

Familia numerosa y otros perfiles

Mujeres víctimas de violencia de género: 5 % con bonificación del 20 % (ITP)

Pagas: 5 %, con una bonificación del 20 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual
  • Que sea tu primera vivienda
  • Que el precio no pase de 200.000 €

Y además, aplica si:

  • Primera vivienda habitual y no haber sido titular de ningún inmueble

En una vivienda de 200.000 €, pagas 8.000,00 € en vez de 13.000,00 €.

Art. 35. Añadida el 30/09/2026 (docs/09, A.3).

Familia numerosa (ITP)

Pagas: 1 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual

Y además, aplica si:

  • Bases del IRPF de la familia de hasta 46.455 € + 18.200 € por hijo extra
  • Sin otra vivienda (o venderla en 2 años)

En una vivienda de 200.000 €, pagas 2.000,00 € en vez de 13.000,00 €.

Art. 32. Corregido el 30/09/2026 (docs/09, A.2 n.º 6): antes el límite de renta era 24.000 € + 6.000 € por persona.

Familia monoparental (ITP)

Pagas: 1 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual

Y además, aplica si:

  • Renta de hasta 46.455 € + 6.825 € por persona del mínimo familiar
  • Sin otra vivienda

En una vivienda de 200.000 €, pagas 2.000,00 € en vez de 13.000,00 €.

Art. 33 bis. Separada de la familia numerosa el 30/09/2026 (docs/09, A.2).

Discapacidad igual o superior al 65 % (ITP)

Pagas: 1 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual
  • Discapacidad reconocida del 65 % o más

Y además, aplica si:

  • Renta de hasta 46.455 € + 6.825 € por persona del mínimo familiar
  • Sin otra vivienda

En una vivienda de 200.000 €, pagas 2.000,00 € en vez de 13.000,00 €.

Art. 33. Completado el 30/09/2026 con los requisitos de renta (docs/09, A.2).

Vivienda protegida como primera vivienda habitual (ITP)

Pagas: 0 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual
  • Que sea tu primera vivienda

En una vivienda de 200.000 €, pagas 0,00 € en vez de 13.000,00 €.

Art. 34.

Familia numerosa (IGIC)

Pagas: 3 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual
  • Que el precio no pase de 300.000 €

Y además, aplica si:

  • Categoría especial: hasta 400.000 €

En una vivienda de 200.000 €, pagas 6.000,00 € en vez de 14.000,00 €.

Vivienda de protección oficial (IGIC)

Pagas: 0 %.

En una vivienda de 200.000 €, pagas 0,00 € en vez de 14.000,00 €.

Si encajas en varias rebajas, la calculadora aplica la más favorable, sin sumarlas: así nunca te enseña de menos.

Vivienda nueva: IGIC y AJD en Canarias

Si compras una vivienda nueva al promotor no pagas ITP, sino el IGIC, del 7 %.

Además pagas el
AJD
Impuesto de actos jurídicos documentados: lo pagas por firmar la escritura ante notario. En vivienda nueva se paga además del IVA.
por la escritura.

En Canarias, el AJD es del 1 %.

En operaciones sujetas a IGIC (vivienda nueva) el AJD es el 1 %; el 0,75 % general se aplica a otros documentos.

DLeg 1/2009, art. 36: 0,75 % en general y 1 % si la operación lleva IGIC o IVA (el caso de la vivienda nueva).

Rebajas por vivienda habitual en la vivienda nueva

Vivienda habitual con requisitos de tipo reducido (AJD)

Pagas: 0,4 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual

En una vivienda de 200.000 €, pagas 800,00 € en vez de 2.000,00 €.

Art. 37: 0,40 % para la vivienda habitual que cumpla los requisitos de los arts. 32, 33, 33 bis, 34, 35 o 35 bis.

Vivienda habitual entregada por el promotor (IGIC)

Pagas: 5 %.

Requisitos:

  • Que vaya a ser tu vivienda habitual
  • Que el precio no pase de 200.000 €

Y además, aplica si:

  • Familia numerosa: límite de 300.000 € (general) o 400.000 € (especial)

En una vivienda de 200.000 €, pagas 10.000,00 € en vez de 14.000,00 €.

Impuestos de la vivienda nueva de Canarias. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

Notaría, registro y gestoría

La notaría y el Registro de la Propiedad cobran por un arancel oficial, igual en toda España, que sube poco con el precio. Con hipoteca, la notaría y el registro del préstamo los paga el banco; tú pagas los de la compraventa.

Lo que pagas al firmar la compraventa, con IGIC
PrecioNotaríaRegistroTasación estimación
150.000 €488,80 €183,57 €400,00 €
250.000 €539,76 €214,18 €400,00 €
400.000 €616,00 €259,92 €400,00 €

La gestoría es opcional. Si pides hipoteca y el banco la exige, la paga el banco; si compras sin hipoteca y la contratas tú, cuenta con unos 350 € estimación.

Notaría y registro: aranceles oficiales con IGIC, más folios, copias y nota simple estimados. Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el ITP en Canarias en 2026?
En Canarias, la compra de una vivienda de segunda mano paga el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP): 6,5 %.

Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

¿Hay rebaja del ITP para jóvenes en Canarias?
Sí. Hasta 40 años: 5 % con bonificación del 20 % (con otros requisitos).

Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

¿Qué impuestos paga una vivienda nueva en Canarias?
No paga ITP. Si se la compras al promotor, pagas el IGIC (el impuesto canario que sustituye al IVA), del 7 %, y el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) por la escritura, del 1 %.

Fuente: PwC · actualizado a septiembre de 2026.

¿Sobre qué valor se calcula el impuesto?
Sobre el precio de compra o el valor de referencia del Catastro de la vivienda, el que sea mayor. La calculadora usa el precio: si el valor de referencia es más alto, el impuesto también lo será. Puedes consultarlo gratis en la Sede Electrónica del Catastro.

Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

¿Quién paga la notaría de la hipoteca?
El banco. Por ley, el banco paga notaría de la escritura de préstamo, inscripción de la hipoteca en el Registro, gestoría y AJD de la escritura de préstamo. Tú pagas tasación y copias de la escritura de préstamo que solicite. Por ley (Código Civil, art. 1455) la escritura de la compraventa la paga el vendedor y el comprador paga la primera copia y lo posterior, salvo que pactéis otra cosa. Contamos toda la compraventa (notaría, registro e impuestos de la compra) a tu cargo, que es lo habitual y el caso más caro, para no quedarnos cortos.

Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

¿Cuánto cuestan la notaría y el registro al comprar una vivienda de 250.000 €?
La notaría de la compraventa, 389,76 € con IGIC, y el Registro de la Propiedad, 204,53 € con IGIC, según sus aranceles oficiales. A eso se suman los folios y copias de la notaría y la nota simple, que estimamos en 159,65 €. Los aranceles son iguales en toda España: no dependen de la comunidad. Lo único que cambia aquí es el impuesto que se les suma: el IGIC del 7 % en vez del IVA.

Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar el ITP en Canarias?
En Canarias tienes 1 mes, contados desde que se causa el acto (DLeg 1/2009, art. 39). Lo habitual es que lo presente la gestoría o la notaría, pero el plazo corre igual: pregunta cuándo lo harán.

Fuente: BOE · actualizado a septiembre de 2026.

Cambios recientes

No tenemos cambios registrados en Canarias desde el 1 de enero de 2026: los tipos de esta página siguen vigentes.

Todas las novedades de impuestos de la vivienda

Fuentes

Datos de Canarias revisados el 30 de septiembre de 2026. Cómo calculamos.